Luz de Obra ¿Qué es y para qué se utiliza?


¿Nunca te has preguntado si están haciendo obras en una casa o un bloque de pisos y no hay nada cronstruido como es que tienen luz?

Para aquellos proyectos de obras o en los que se está realizando alguna reforma, puede no ser un requisito fundamental contar ya con el suministro de luz definitivo. Para estos casos concretos, se hace necesario saber cómo solicitar luz de obra, un suministro eventual que permite a los obreros trabajar perfectamente en el proyecto con el servicio de luz eléctrico.

¿Qué es la luz de obra?

La luz de obra es un tipo de suministro eléctrico que se utiliza expresamente durante el periodo de obras o reforma dentro de una vivienda, edificio o similar; nunca acabará siendo lo que se conoce como luz definitiva. Y esta es la diferencia entre luz de obra y luz definitiva.

En otras palabras, si el usuario se pregunta cómo solicitar luz de obra, tendrá que tener en cuenta que está destinado a un momento eventual, para un tiempo determinado y nunca para un consumo diario o continuo. Es decir, no es legal vivir con luz de obra.

Entonces si estás de reformas o de obras ¿Cómo lo puedes solicitar?

1.Uno de los primeros pasos para tener luz de obra en un proyecto de construcción o reforma es solicitar la licencia de obra en el ayuntamiento correspondiente. Puede que el usuario se pregunte cuánto tiempo se puede estar con luz de obra. La respuesta estará siempre en el periodo de tiempo que señale esta licencia de obra.

El responsable de las obras deberá aportar la documentación que se requiera a la vez que liquida la tasa de obras que, por las características de su proyecto, se necesite a la hora de contratar luz de obra.

2.Una vez que ya se tiene la licencia de obras, en el proceso de solicitud de obra luz de obra también habrá que pedir la expedición del Certificado de Instalación Eléctrica (CIE), también conocido como boletín eléctrico. Puedes verlo en nuestra entrada CIE¿ Qué es?
En este documento, que debe ser expedido por la empresa instaladora de electricidad, se hará constar que el objetivo último de este suministro eléctrico será para la realización de las obras

3.El siguiente paso de cómo solicitar luz de obra es que el usuario contacte con la distribuidora que corresponda según su zona geográfica.Es la empresa distribuidora de energía con la que el usuario debe contactar para contratar la luz de obra.

4.Cuando el usuario ya sabe qué distribuidora eléctrica le corresponde por la zona en la que se encuentran las obras, deberá solicitarle el código CUPS de obra. (El plazo en el que estará este suministro eléctrico dado de alta será el periodo que se indique en la licencia de obra)

En el caso de que el periodo de suministro eléctrico provisional de obra sobrepase el periodo de las mismas que se indica en la licencia de obras, la distribuidora eléctrica lo podrá dar de baja.

5.Con todos estos documentos en poder del usuario, ya se puede contactar con la empresa comercializadora para contratar la luz de obra.

Como información a tener en cuenta, desde el momento en que se solicita el alta del suministro eléctrico de obra hasta que se dispone del mismo, suele ser entre un periodo de tiempo de entre 4 a 15 días.
Es importante señalar que, al solicitar el alta de la luz de obra, solo se dispondrá de este suministro eléctrico durante el periodo que se establece en la licencia de obra. Es por esta razón que, si los trabajos de obra, no han finalizado, el usuario puede quedarse sin suministro a mitad del proyecto.


Teniendo todos los pasos anteriores realizados y con nuestro contrato de obras, ¿Qué pasa si no llegamos a tiempo con nuestra obra y/o reforma y necesitamos más?

Se puede pedir una prórroga del suministro eléctrico de obra puede solucionar el problema de quedarse sin luz sin haber finalizado el proyecto. Esta prórroga se deberá solicitar a la distribuidora para que no dé de baja la luz.

¿Cuesta lo mismo la luz de obra que la luz definitiva?

A la hora de solicitar la luz de obra, el usuario debe pagar el alta de este suministro. Según la normativa que actualmente está vigente, este pago por el coste de la instalación puede ser directamente a la distribuidora o a la empresa autorizada para llevarlo a término.

Hay que recordar que la empresa distribuidora no cobra derechos de acceso para la luz de obra, así como que la cantidad correspondiente se terminará descontando a los derechos de acometida (Para saber sobre ello mira nuestra entrada Derechos de Acometida) en el momento en que se tenga el suministro definitivo, el momento de pasar de luz de obra a definitiva.














Fuentes:Audinfor

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